Ser lesbiana en la Edad Media

Muchas veces nos habéis pedido que contemos cómo eran determinados aspectos de la vida en otras épocas, y hemos decidido comenzar con un tema complejo: cómo era ser lesbiana en la Edad Media.
La Edad Media siempre se ha entendido como un período oscuro, presidido por las rígidas e intolerantes leyes religiosas. Podríamos responder en consecuencia que ser lesbiana en aquellos tiempos era muy jodido. Y lo era, pero quizá no tanto como en períodos posteriores. Y esto probablemente sea así porque la Edad Media no fue ese período oscuro y de involución del que nos han hablado, o al menos no en muchos aspectos…
Pero antes de meternos en faena queremos lanzar un par de piedras contra nuestro tejado: la Edad Media es un período muy largo, de unos diez siglos de duración, por tanto lo que vamos a hacer son generalizaciones de una concepción que, desde luego, fue variando a razón de tiempo y lugar. Es un período extenso, y el mundo es muy grande y, desde nuestra óptica eurocentrista, hablaremos principalmente de la Edad Media europea y cristiana, aunque intentemos matizar incluyendo otros lugares del mundo. Y, finalmente, nos referimos a un período que no nos ha legado demasiada información sobre estos asuntos, y a menudo sus alusiones son confusas. Vamos, que nos lo hemos puesto fácil para empezar.
Empecemos entonces precisamente por las fuentes: si hablamos del período medieval, la principal fuente de información para estos asuntos son los archivos eclesiásticos y jurídicos. Y en estos archivos lo que encontramos son denuncias, sentencias, procesos judiciales, etc., entre los que por cada millar de alusiones a relaciones entre hombres, encontramos apenas un decena a relaciones entre mujeres. ¿Quiere decir esto que estaban más toleradas las relaciones lésbicas que las homosexuales masculinas? ¿Querrá decir que las mujeres no se sentían atraídas las unas por las otras en la Edad Media?
María de Francia
Bueno, es realmente absurdo plantearse esta segunda pregunta en pleno siglo XXI pues, como hecho natural, la homosexualidad ha estado presente en todas las culturas y todos los períodos históricos (excepto en el Irán de Ahmadineyad). Por supuesto que existían relaciones lésbicas, de hecho, si atendemos a las otras fuentes de la época, las literarias, aunque no abundan en ejemplos, cuentan con testimonios como los que recoge María de Francia en sus “lais” (poemas breves), y que se refería en estos términos a una relación con otra mujer: “Cuando recuerdo los besos que me disteis y la forma con que tiernas palabras acariciasteis mis pequeños pechos, quisiera morir porque no os puedo ver…”.
Pero ¿y la primera pregunta? ¿Eran toleradas estas relaciones? Pues, según los investigadores, ni lo uno ni lo otro. No es tanto que lo tolerasen o lo condenasen, sino que lo ignoraban. Nos explicamos: de acuerdo a historiadores y antropólogos, es probable que buena parte de los europeos medievales no concibiese el lesbianismo ni como un crimen ni como un pecado, de hecho así aparece reflejado en los pocos procesos de los que se tiene constancia, la mayoría de los cuales fueron archivados. En realidad las relaciones entre mujeres eran más vistas como una excentricidad que como una violación de las leyes naturales, como alguien podría plantearse.
Ahora bien, la Edad Media tampoco era el paraíso lésbico, desde luego. Esta concepción estuvo vigente en los primeros siglos de la Edad Media, pero incluso en aquellos años existían cosas por las que sí que no pasaba la ley divina ni civil: el uso de consoladores. Curiosamente, que una mujer mantuviese relaciones con otra mujer no era pecado ni crimen, pero sí que lo hiciera con juguetes sexuales de por medio. En el siglo XI el obispo Burchard de Worms añadió a aquellas leyes que condenaban las relaciones entre hombres, la condena a las mujeres que usasen un pene artificial a 1 año de prisión, 5 años si se utilizaba con otra mujer y 7 años si se usaba con una monja (en este último caso, al considerarse que la monja estaba casada con Cristo, habría cometido adulterio). Luego, hasta el siglo XI, si eras lesbiana, no pasaba nada, ahora, si eras lesbiana y usabas dildos, ardías en el infierno. En el caso de España la situación seguía siendo así aún en el siglo XVI, de cuando data algún ejemplo en el que dos mujeres son absueltas por no haber empleado instrumentos en sus relaciones.
Tienda de dildos de contrabando.
A todo esto… ¿por qué tanta alusión a las monjas? Pues probablemente tu imaginación calenturienta no ande desencaminada. De hecho, en el siglo XIII, en los concilios de Ruán y París, se aprobaron normas para evitar la tentación de las monjas como prohibirles dormir juntas, obligarlas a mantener encendidas lámparas en los dormitorios por la noche y no cerrar con llave las celdas. Pero esto no se debía únicamente a que en estos lugares solo se pudieran relacionar entre mujeres, sino precisamente también a lo que hemos dicho antes: al ser considerada una excentricidad, los padres de hijas lesbianas a menudo las enclaustraban en conventos dando por hecho que nunca podrían llegar a casarlas. Así que muchos conventos acababan convertidos en presidios de lesbianas sin vocación religiosa.
El auténtico problema para las lesbianas llegó precisamente a mediados del siglo XIII, cuando se intensificó la relación entre el derecho divino y el civil. En 1260 se aprobó en Orleans Li Livres de Jostice et de Plet, el primer código civil que incluyó las relaciones entre mujeres como crimen, haciendo extensible a ellas las condenas reservadas a los hombres homosexuales: "Mujer que lo hace debe perder cada vez un miembro y a la tercera deber ser quemada". En el caso de los hombres el miembro estaba claro, en el de la mujer quizá no tanto.
A partir de entonces la legislación europea se iría haciendo cada vez más restrictiva en este sentido. En el siglo XIV Cino da Pistoia, y en el XV Bartolomeo da Saliceto, tendrían la ocurrencia de tergiversar el derecho romano, sobre el que se basaba la mayor parte del derecho medieval europeo, para aplicar las leyes que perseguían a prostitutas y “mujeres libertinas” también a las lesbianas.
No obstante, a pesar del vacío en las fuentes, tenemos algunas historias sobre la Edad Media que merece la pena mencionar: uno de los casos más conocidos es el de la mística Hildegard von Bingen, de quien se dice que mantuvo una relación con otra mujer, Richardis von Stade. Aunque no se sabe si llegaron a mantener relaciones sexuales, desde luego existen evidencias de un enamoramiento entre ambas. Sin embargo, en el caso de Hildegard, su orientación sexual no fue impedimento para ser considerada Doctora de la Iglesia y santa junto a San Juan de Ávila, títulos que concedió Benedicto XVI en 2012. El contrapeso a esta bonita historia es la de otra mujer, Katherina Hetzeldorfer, la primera mujer de la que se tiene constancia que fuera ejecutada por el delito de yacer con otra mujer. Especialmente cruel fue la sentencia, que la condenó a morir ahogada en el Rin en 1477.
En contra de lo que pueda parecer hoy en día, encontramos mucha más tolerancia en la cultura islámica medieval que en la cristiana: entre los musulmanes de la época, el sexo no se concebía únicamente como un proceso destinado a la procreación, sino que la sociedad era libre de experimentar con él en busca de placer. Y si esa búsqueda del placer pasaba por la homosexualidad, no se consideraba algo indecoroso (al menos en la mayor parte de regiones islámicas medievales).
Pero ojo, no debemos confundir que se tolerase con que fuera considerado algo natural. En esto muchos musulmanes andaban tan lejos como algunos cenutrios actuales, y en escritos como los de los científicos Juan Mesué (Abú Zakeriya Yahya ibn Masawaih) o Ahmad al-Tifashi, si bien hablan con naturalidad de prácticas sexuales lésbicas, podemos entrever que se trata, según ellos, de una decisión tomada por las propias mujeres y no de una orientación sexual natural, e incluso a veces se alude a ello como si de una enfermedad se tratase. Aunque insistimos en que no hacían esfuerzos por reprimirlo, ni tan siquiera ofrecían “curas” a esas supuestas “enfermedades”, más bien alentaban las prácticas haciendo recomendaciones a las mujeres.
Algo parecido ocurría en buena parte de las culturas orientales, donde la separación entre lo religioso y lo civil era mayor que en la Europa católica y, por tanto, aunque la homosexualidad fuera considerada un pecado, no era un crimen, y por ello no era censurada ni reprimida. También en América, en muchas culturas precolombinas, se mostraron mucho más abiertos, y los conquistadores y colonos europeos se sorprendieron al encontrar allí a mujeres que convivían en pareja e incluso a mujeres que vestían y actuaban como hombres, llegando a trabajar en oficios reservados para ellos, y que en casa compartían su lecho con otra mujer.
Desde luego no debía ser fácil ser lesbiana en la Edad Media, pero probablemente mucho más que en algunos lugares de la actualidad, y en muchos momentos posteriores a este período. Y es que ya hemos visto cómo hubo un punto en que se criminalizó esta orientación sexual a causa de la interferencia de la religión en la legislación civil, y a través de la tergiversación del derecho romano a partir del siglo XIII. Así pues, la próxima vez que alguien te hable de involución y atraso en la Edad Media, piensa que en muchos aspectos la sociedad medieval era más tolerante y avanzada que la actual, y ya pagaríamos para que en la actualidad algunos hombres y mujeres pensaran como lo hacían entonces.
  • Crompton, L.(2006): Homosexuality & Civilization. Cambridge: Belknap.
  • Boswell, J. (1992): Cristianismo, Tolerancia Social y Homosexualidad. Barcelona: Muchnik Editores.
  • Mondimore, F. M. (1998): Una historia natural de la homosexualidad. Barcelona: Paidós.
  • Mogrovejo, N. (2000): Un amor que se atrevió a decir su nombre. La lucha de las lesbianas y su relación con los movimientos homosexual y feminista en América Latina. México: Plaza y Valdés.
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1 comentario:

  1. Muy buena entrada. Sólo quiero hacer una matización: cuando decís "En 1260 se aprobó en Orleans Li Livres de Jostice et de Plet, el primer código civil que incluyó las relaciones entre mujeres como crimen" tened en cuenta que un Código Civil recoge temas relacionados con la persona, familia, contratos, matrimonio, propiedad, herencia, etc. Y un Código Penal lo hace con los delitos.
    Además, hasta la Codificación de Napoleón, los recopilatorios de leyes eran en conjunto, no se discriminaba entre norma civil o penal, por lo que creo que lo mejor es que habléis de "norma", "recopilación de leyes" o similar, pero no de código propiamente.

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